Las grandes inversiones deberán asegurar la electricidad para su puesta en marcha. La Resolución 264/2026, vigente desde el 25 de septiembre, reglamentó el régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM): los grandes consumos que ingresen al sistema deberán acompañarse de oferta energética adicional.

La medida alcanza a nuevas demandas o ampliaciones equivalentes, como mínimo, al 0,5% de la demanda media del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Según la Secretaría de Energía, hoy representa unos 80 MW. Ese umbral depende del promedio del sistema y no representa un valor fijo.

Energía y potencia, dos compromisos diferentes

Los proyectos alcanzados deberán cubrir al menos el 80% de su consumo mensual con contratos de generación nueva y respaldar el 100% de su demanda máxima con potencia firme. Para los centros de datos, esta última exigencia asciende al 115%.

La energía representa el volumen consumido durante el mes; la potencia firme, la capacidad disponible con alta confiabilidad para atender la demanda. Contratar producción solar o eólica, por lo tanto, exige resolver también el respaldo. Entre las alternativas admitidas figuran centrales térmicas, hidroeléctricas, nucleares y almacenamiento de al menos seis horas.

Las empresas podrán elegir tecnología y proveedor, incluida la generación propia. Como regla general, la oferta deberá habilitarse comercialmente después de presentada la solicitud.

El anexo también admite centrales existentes que operen exclusivamente con gas natural. Si una central tiene capacidad para generar más, pero está limitada por el suministro de gas, una ampliación de los gasoductos puede permitirle asegurar transporte firme adicional y aumentar su disponibilidad. Ese incremento debe ser efectivo y verificable para computarse como oferta elegible dentro del régimen.

La electricidad entra en el cronograma de inversión

Los desarrollos mineros alcanzados tendrán que coordinar la construcción del yacimiento y la planta de procesamiento con los contratos eléctricos, el respaldo y las obras de conexión.

Los grandes desarrollos mineros alcanzados por el régimen deberán coordinar su puesta en marcha con nueva oferta eléctrica y las obras necesarias para abastecer sus operaciones.
Los grandes desarrollos mineros alcanzados por el régimen deberán coordinar su puesta en marcha con nueva oferta eléctrica y las obras necesarias para abastecer sus operaciones.


Esto puede facilitar nuevas centrales financiadas con contratos de largo plazo con grandes consumidores. A la vez, agrega compromisos y dependencias al proyecto productivo: una demora en la oferta eléctrica puede comprometer su puesta en marcha.

El encuadre de cada mina dependerá de su demanda y de la situación de sus solicitudes. La resolución no establece una lista de yacimientos alcanzados.

Generar más también exige poder transportar

El Plan Especial de Abastecimiento deberá contemplar los primeros cinco años de funcionamiento. Las solicitudes alcanzadas que ya estén en trámite disponen de 60 días desde la entrada en vigencia para adecuarse.

La contratación tampoco sustituye la evaluación del acceso a la red. Aunque exista generación suficiente, habrá que verificar que pueda abastecer físicamente el punto de consumo y ejecutar las ampliaciones necesarias.

El objetivo declarado es incorporar grandes inversiones sin consumir la reserva destinada a los usuarios existentes. Para los desarrolladores, el desafío será convertir tres piezas: producción, generación y transporte en un cronograma financiable y ejecutable.